Inicio de sesión
Skip Navigation LinksTransparencia | Acceso a la información | Petróleos Mexicanos

Petróleos Mexicanos

I) Unidad de Transparencia



Suplente 
​Mtra. Laura Alicia Stefany Garduño Martínez
Gerente Jurídica de Cumplimiento Legal y Transparencia, Suplente de la Titular de la Unidad de Transparencia

Mtra. María Arévalo Anguiano 
Subgerente de Transparencia y Protección de Datos Personales

Horario de atención: 9:00 a 14:00 y de 15:30 a 18:00 horas

Teléfono 5519442500 extensiones (891) 12202 y  (891) 37195
Correo electrónico: unidaddetransparencia@pemex.com

Bahía del Espíritu Santo s/n acera Sur-Oriente, Planta Baja Colonia Verónica Anzures (entre Bahía de San Hipólito y Bahía de Ballenas). Alcaldía Miguel Hidalgo C. P. 11300, Ciudad de México.


II) Comité de transparencia


PresidenteVocal del Área de ArchivoTercer Vocal
TitularDra. Luz María Zarza Delgado
Directora Jurídica y
Titular de la Unidad de Transparencia

Ing. Marcos Manuel Herrería Alamina
Director Corporativo de Administración y Servicios



g. Víctor Manuel Navarro Cervantes
Director Corporativo de Planeación, Coordinación y Desempeño




SuplenteMtra. Laura Alicia Stefany Garduño Martínez
Gerente Jurídica de Cumplimiento Legal y Transparencia y
Suplente de la Titular de la Unidad de Transparencia


Mtro. José Luis García Zárate
Líder de Proyectos







Lic. Guillermo Alejandro Perabeles Garza
Subdirector de Planeación Estratégica, Análisis Regulatorio y Empresas Filiales







Para cualquier tema relacionado con el Comité de Transparencia, los datos de contacto son: 
Teléfono 5519442500 extensiones (891) 12202 y  (891) 37195
Correo electrónico: unidaddetransparencia@pemex.com


Minutas y acuerdos

Acuerdos y minutas 2024

Acuerdos y minutas 2023

Acuerdos y minutas 2022

Acuerdos y minutas 2021

Acuerdos y minutas 2020

Acuerdos y minutas 2019

Acuerdos y minutas 2018

Acuerdos y minutas 2017

Acuerdos y minutas 2016

Acuerdos y minutas 2015

Acuerdos y minutas 2014

Calendario (archivo para descarga)


Criterios comité

III) Obligaciones de transparencia

Haz clic aquí para conocer las obligaciones de transparencia


IV) Ruta de solicitudes de acceso a la información

a)

Deberá acceder a la liga de la Plataforma Nacional de Transparencia, dando clic en el ícono anterior > elegir Solicitudes > registrarse si es la primera vez que accede o ingresar su usuario y contraseña.  
Proceso para ejercer el Derecho de Acceso a la Información – INAI

b) Formato para Pétroleos Mexicanos

c) Costos

  • Copia simple $1.00 (un peso 00/100 M.N.)
  • Copia certificada.  $26.00 (veintiséis pesos 00/100 M.N.)
  • No obstante, de conformidad con el artículo 145 de la Ley Federal en la materia, se otorgarán las primeras 20 hojas gratis
  • En caso de que requieras que los documentos sean remitidos a tu domicilio, se agregará un excedente que depende de los siguientes factores:
    • (i) Del destino al que sea remitida la información.
    • (ii) Del volumen y peso del envío.
    • (iii) Del prestador del servicio de mensajería.
    • (iv) Del tipo de servicio solicitado: ordinario o urgente.
  • ¿Cuándo debo realizar el pago?
    • Una vez que te enviemos el comprobante, tienes tres meses para cubrir los costos de la reproducción.
    • Transcurrido el plazo referido, deberás realizar una nueva solicitud, sin responsabilidad alguna para PEMEX.
  • Cuotas de reproducción (PDF)

d) ¿Qué es Informacion reservada, confidencial y versión pública?  


Información confidencial, reservada  y versiones públicas
 
Como regla general, la información que posee PEMEX como Sujeto Obligado de las Leyes de Transparencia, es pública. Sin embargo, las propias leyes señalan excepciones a la publicidad de información, siendo las siguientes:
 
Información confidencial
 
  • Es la que contiene datos personales de las personas físicas que los hace identificados o identificables, por ejemplo: fotografía, nombre, domicilio, estado de salud, patrimonio, características ideológicas, entre otros. 
  • Las personas morales también tienen derecho a la confidencialidad de sus datos relativos a secreto bancario, fiduciario, industrial, comercial, fiscal, bursátil y postal. 
  • La información confidencial no está sujeta a temporalidad alguna y sólo pueden tener acceso a ella los titulares de la misma y encuentra sustento legal en las  Leyes General y Federal de Transparencia y Acceso a la Información Publica, así como en la Ley General de Protección de Datos Personales en posesión de Sujetos Obligados. 
 
Información reservada 
 
  • Es la información que de conocerse causaría una mayor afectación al interés público que el beneficio de conocerse, algunos ejemplos de información reservada son: 
- La que comprometa la seguridad nacional, la seguridad pública o la defensa nacional;
- Que pueda poner en riesgo la vida, seguridad o salud de personas;
- Que obstruya la prevención o persecución de los delitos, actividades de verificación, inspección y auditoría relativas al cumplimiento de las  leyes;
-  La que contenga las opiniones, recomendaciones o puntos de vista que formen parte del proceso deliberativo, hasta en tanto no sea adoptada la decisión definitiva;
- Vulnere la conducción de los expedientes judiciales o de los procedimientos administrativos  seguidos en forma de juicio, en tanto no hayan causado estado o afecte derechos del debido proceso; 
- Las que por disposición expresa de otra ley tengan tal carácter. 
  • Las causales descritas se encuentran contenidas en las leyes General y Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
  • La información puede permanecer con carácter de reservada por un periodo de cinco años a partir de la fecha en que se clasifica y se puede ampliar únicamente hasta por cinco años o más.
La información que se considere confidencial o reservada siempre debe contar con la aprobación de clasificación del Comité de Transparencia y encuadrar en los supuestos establecidos de forma verificable.
Con la finalidad de respetar al máximo el derecho de acceso a la información, cuando el contenido de la información lo permite, se elaboran Versiones Públicas. Cuando un documento o expediente contiene partes o secciones reservadas o confidenciales, se elabora una versión pública en la que se testen las partes o secciones clasificadas, indicando su contenido de manera genérica, fundando y motivando su clasificación.


V) Índice de Expedientes Clasificados como Reservados


Última modificación 08/10/2024 19:42