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Petróleos Mexicanos

I)  Unidad de Transparencia


1. ¿Qué información posee Pemex?

Petróleos Mexicanos (PEMEX) es una empresa productiva del Estado y de propiedad exclusiva del gobierno federal, que cuenta con personalidad jurídica y patrimonios propios, así como autonomía técnica, operativa y de gestión. 

PEMEX tiene como fin el desarrollo de actividades empresariales, económicas, industriales y comerciales en términos de su objeto, generando valor económico y rentabilidad para el Estado Mexicano como su propietario, así como actuar de manera transparente, honesta, eficiente, con sentido de equidad y responsabilidad social y ambiental, y procurar el mejoramiento de la productividad para maximizar la renta petrolera del Estado y contribuir con ello al desarrollo nacional.

Es necesario señalar que, a fin de cumplir con su objeto, PEMEX podrá llevar a cabo las actividades que sean necesarias para ello, ya sea en territorio nacional o en el extranjero y, para tal efecto, podrá contar con apoyo de sus empresas productivas subsidiarias y filiales, así como celebrar actos jurídicos con personas físicas o morales de los sectores público, privado o social, nacional o internacional.

Finalmente, Petróleos Mexicanos, como sujeto obligado por las leyes en materia de transparencia, tanto general como federal, cumple puntualmente con las obligaciones derivadas de ambos ordenamientos jurídicos, poniendo a disposición de la ciudadanía en el Sistema de Portales de Obligaciones de Transparencia (SIPOT), de la Plataforma Nacional de Transparencia, así como en el apartado de Transparencia de la página institucional, información relevante y socialmente útil, derivada de su fin y objeto, establecidos en la Ley de Petróleos Mexicanos y su Estatuto Orgánico, y que abonan a la rendición de cuentas.

2. Atribuciones de la Unidad de Transparencia

El artículo 45 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como el artículo 61 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, establecen que los sujetos obligados designarán a una persona responsable de la Unidad de Transparencia.
La Unidad de Transparencia de Petróleos Mexicanos, tiene, entre algunas de sus funciones más importantes, las siguientes:

  • Recibir y dar trámite a las solicitudes de acceso a la información;
  • Auxiliar a los particulares en la elaboración de solicitudes de acceso a la información, en particular en los casos donde la persona solicitante no sepa leer ni escribir; y su caso, orientarlos sobre los sujetos obligados competentes conforme a la normatividad aplicable;
  • Promover e implementar políticas de transparencia proactiva procurando su accesibilidad;
  • Fomentar la transparencia y accesibilidad al interior del sujeto obligado;
  • Fungir como vínculo entre el sujeto obligado y la persona solicitante
  • Garantizar que las solicitudes se turnen a todas las Áreas competentes que cuenten con la información o deban tenerla de acuerdo a sus facultades, competencias y funciones, con el objeto de que realicen una búsqueda exhaustiva y razonable de la información solicitada.
Igualmente, tanto la Ley General como la Ley Federal, señalan que promoverán acuerdos con instituciones públicas especializadas que pudieran auxiliarles a entregar las repuestas a solicitudes de información, en la lengua indígena, braille o cualquier formato accesible correspondiente, en forma más eficiente.

Con lo anterior, se busca garantizar el derecho de acceso a la información a cualquier persona, con base en el principio de igualdad y no discriminación.


3. Datos de contacto

Dra. Luz María Zarza Delgado
Directora Jurídica de Petróleos Mexicanos y Titular de la Unidad de Transparencia

Mtra. Laura Alicia Stefany Garduño Martínez
Gerente Jurídica de Cumplimiento Legal y Transparencia, Suplente de la Titular de la Unidad de Transparencia

Lic. María Arévalo Anguiano 
Subgerente de Transparencia y Protección de Datos Personales

Horario de atención: 9:00 a 14:00 y de 15:30 a 18:00 horas

Teléfono 5519442500 extensiones (891) 12202 y  (891) 37195
Correo electrónico: unidaddetransparencia@pemex.com

Bahía del Espíritu Santo s/n acera Sur-Oriente, Planta Baja Colonia Verónica Anzures (entre Bahía de San Hipólito y Bahía de Ballenas). Alcaldía Miguel Hidalgo C. P. 11300, Ciudad de México.

4. Como presentar una solicitud


Deberá acceder a la liga de la Plataforma Nacional de Transparencia, dando clic en el ícono anterior > elegir Solicitudes > registrarse si es la primera vez que accede o ingresar su usuario y contraseña.  
Proceso para ejercer el Derecho de Acceso a la Información – INAI

b) Formato para Pétroleos Mexicanos

c) Costos

  • Copia simple $1.00 (un peso 00/100 M.N.)
  • Copia certificada.  $23.00 (veintitrés pesos 00/100 M.N.)
  • No obstante, de conformidad con el artículo 145 de la Ley Federal en la materia, se otorgarán las primeras 20 hojas gratis
  • En caso de que requieras que los documentos sean remitidos a tu domicilio, se agregará un excedente que depende de los siguientes factores:
    • (i) Del destino al que sea remitida la información.
    • (ii) Del volumen y peso del envío.
    • (iii) Del prestador del servicio de mensajería.
    • (iv) Del tipo de servicio solicitado: ordinario o urgente.
  • ¿Cuándo debo realizar el pago?
    • Una vez que te enviemos el comprobante, tienes tres meses para cubrir los costos de la reproducción.
    • Transcurrido el plazo referido, deberás realizar una nueva solicitud, sin responsabilidad alguna para PEMEX.
  • Cuotas de reproducción (PDF)

d) ¿Qué es Informacion reservada, confidencial y versión pública?  


Información confidencial, reservada  y versiones públicas
 
Como regla general, la información que posee PEMEX como Sujeto Obligado de las Leyes de Transparencia, es pública. Sin embargo, las propias leyes señalan excepciones a la publicidad de información, siendo las siguientes:
 
Información confidencial
 
  • Es la que contiene datos personales de las personas físicas que los hace identificados o identificables, por ejemplo: fotografía, nombre, domicilio, estado de salud, patrimonio, características ideológicas, entre otros. 
  • Las personas morales también tienen derecho a la confidencialidad de sus datos relativos a secreto bancario, fiduciario, industrial, comercial, fiscal, bursátil y postal. 
  • La información confidencial no está sujeta a temporalidad alguna y sólo pueden tener acceso a ella los titulares de la misma y encuentra sustento legal en las  Leyes General y Federal de Transparencia y Acceso a la Información Publica, así como en la Ley General de Protección de Datos Personales en posesión de Sujetos Obligados. 
 
Información reservada 
 
  • Es la información que de conocerse causaría una mayor afectación al interés público que el beneficio de conocerse, algunos ejemplos de información reservada son: 
- La que comprometa la seguridad nacional, la seguridad pública o la defensa nacional;
- Que pueda poner en riesgo la vida, seguridad o salud de personas;
- Que obstruya la prevención o persecución de los delitos, actividades de verificación, inspección y auditoría relativas al cumplimiento de las  leyes;
-  La que contenga las opiniones, recomendaciones o puntos de vista que formen parte del proceso deliberativo, hasta en tanto no sea adoptada la decisión definitiva;
- Vulnere la conducción de los expedientes judiciales o de los procedimientos administrativos  seguidos en forma de juicio, en tanto no hayan causado estado o afecte derechos del debido proceso; 
- Las que por disposición expresa de otra ley tengan tal carácter. 
  • Las causales descritas se encuentran contenidas en las leyes General y Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
  • La información puede permanecer con carácter de reservada por un periodo de cinco años a partir de la fecha en que se clasifica y se puede ampliar únicamente hasta por cinco años o más.
La información que se considere confidencial o reservada siempre debe contar con la aprobación de clasificación del Comité de Transparencia y encuadrar en los supuestos establecidos de forma verificable.
Con la finalidad de respetar al máximo el derecho de acceso a la información, cuando el contenido de la información lo permite, se elaboran Versiones Públicas. Cuando un documento o expediente contiene partes o secciones reservadas o confidenciales, se elabora una versión pública en la que se testen las partes o secciones clasificadas, indicando su contenido de manera genérica, fundando y motivando su clasificación.

5. Estadísticas solicitudes (archivo para descarga)

6. Marco normativo


7. Información Financiera





II) Comité de transparencia


1 Comité de Transparencia

PresidenteVocal del Área de ArchivoTercer Vocal
TitularDra. Luz María Zarza Delgado
Directora Jurídica y
Titular de la Unidad de Transparencia
Ing. Marcos Manuel Herrería Alamina
Director Corporativo de Administración y Servicios
Ing. Víctor Manuel Navarro Cervantes
Director Corporativo de Planeación, Coordinación y Desempeño
SuplenteMtra. Laura Alicia Stefany Garduño Martínez
Gerente Jurídica de Cumplimiento Legal y Transparencia y
Suplente de la Titular de la Unidad de Transparencia
Mtro. José Luis García Zárate
Líder de Proyectos
Lic. Guillermo Alejandro Perabeles Garza
Subdirector de Planeación Estratégica, Análisis Regulatorio y Empresas Filiales


Minutas y Acuerdos

Acuerdos y minutas 2023

Acuerdos y minutas 2022

Acuerdos y minutas 2021

Acuerdos y minutas 2020

Acuerdos y minutas 2019

Acuerdos y minutas 2018

Acuerdos y minutas 2017

Acuerdos y minutas 2016

Acuerdos y minutas 2015

Acuerdos y minutas 2014

Calendario (archivo para descarga)

Índice de Expedientes Clasificados como Reservados

Históricos Acumulativos al Primer Semestre de 2023

Históricos Acumulativos al Segundo Semestre de 2022

Históricos Acumulativos al Primer Semestre de 2022

Primer semestre 2022

Segundo semestre 2021

Primer semestre 2021

Segundo semestre 2020

Primer semestre 2020

Primer semestre 2019

Segundo semestre de 2018

Primer semestre 2018

Segundo semestre de 2017


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Última modificación 01/12/2023 11:27