Requerimientos comerciales de los aceites y grasas lubricantes para ser comercializados en las estaciones de servicio de la Franquicia Pemex
a) Aceites para su uso en motores de combustión interna que utilizan gasolina como combustible.
Todos los aceites monogrados, multigrados y sintéticos. con nivel de calidad API SL 0 superior en presentación de 5 litros o menor.
b) Aceites para su uso en motores de combustión interna que utilizan diésel como combustible.
Todos los aceites monogrados, multigrados y sintéticos, con nivel de calidad API CF-CF2 ó superior, en presentación de 19 litros o menos.
c) Aceites para su uso en tractores.
Aceites universales (UTTO y STOU), así como las marcas de aceites lubricantes que cumplan con las especificaciones de los fabricantes de tractores agrícolas, en presentación hasta 19 litros.
d) Aceites para su uso en cajas de transmisión automática y estándar.
Las marcas de aceites que cumplan con las especificaciones de los fabricantes de vehículos automotores, en presentación de un litro, como máximo.
e) Aceites para motores de dos tiempos fuera de borda (enfriados por agua) utilizados generalmente en lanchas.
Cumplirán como mínimo con Ios estándares JASO: A/B/C/D o superior o con el estándar TC-W3 National Marine Manufacturers Association NMMA o superior.
f) Aceites para motores de dos o cuatro tiempos enfriados por aire utilizados generalmente en motocicletas.
Cumplirán como mínimo con Ios estándares JASO FA/FB/FC o JASO T903ÍT 904, ISO EGB/EGC/EGD o API-TC.
No se puede realizar la venta de aceites lubricantes terminados a granel, o como comúnmente se le denomina litreado.
Requerimientos comerciales de los aditivos automotrices para ser comercializados en las estaciones de servicio de la Franquicia Pemex
El Franquiciatario puede comercializar en las áreas de despacho de las Estaciones de Servicio, productos tales como anticongelantes, líquidos para frenos, líquidos para batería, agua para el depósito del parabrisas, aditivos para gasolina o diésel, aditivos para el radiador y líquidos para la dirección hidráulica, entre otros.
Para que se puedan comercializar estos productos en el área de despacho, se requiere que las empresas que los elaboran o comercializan comprueben a satisfacción de Pemex Transformación Industrial que estos productos cumplen con las especificaciones técnicas y de calidad previstas en las normas oficiales mexicanas, normas mexicanas o en su defecto en los métodos internacionales, por lo que las empresas interesadas en el registro deberán presentar lo siguiente:
- Carta para el registro como empresa que comercializa lubricantes.
- Datos sobre la experiencia de la empresa en el mercado de los productos que comercializa.
- Copia del registro de marca ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.
- Certificación ISO 9000 y/o ISO 9001.
- Carta de NYCE (Normalización y certificación electrónica), que indique que la información comercial del envase del producto cumple con la normatividad vigente o certificado que avale el cumplimiento de las normas:
- NOM-050-SCFI-2004 Información comercial - Etiquetado general de productos, o la que esté vigente.
- NOM-002-SCFI-2011 “Productos preenvasados - Contenido neto - Tolerancias y métodos de verificación", o la que esté vigente.
- En su caso, certificado que avale el cumplimiento de la norma NOM-113-SCFI-1995 Líquido para frenos hidráulicos empleado en vehículos automotores - Especificaciones de seguridad y métodos de prueba, o la que esté vigente.
El registro como empresa que comercializa dichos productos, no implica una recomendación expresa de Pemex Transformación Industrial a la empresa con los empresarios gasolineros.
Los productos se podrán colocar en los exhibidores que cumplan con lo dispuesto en las Especificaciones Técnicas para Proyecto y Construcción de Estaciones de Servicio, y el Manual de Operación de la Franquicia Pemex vigentes.
Cuotas aplicables para el registro y mantenimiento anual de fabricantes y proveedores de lubricantes a estaciones de servicio
Registro de proveedores y fabricantes de aceites lubricantes y grasas lubricantes de uso automotriz
| $ 309,848.00 m.n.
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Pago anual de mantenimiento para continuar con la comercialización de sus productos en estaciones de servicio | $ 154,867.00 m.n. |
Los montos de las cuotas se encuentran expresados en moneda nacional (m.n.)
*Las cuotas autorizadas se facturan más IVA (Impuesto al valor agregado)
Especificaciones mínimas y requisitos para el registro de empresas
Fecha de actualización: Enero 2023